Amenazado de extinción, se propone la protección internacional para la conservación del Búho Nival
Esta emblemática especie se encuentra entre las 42 especies migratorias de animales silvestres que se someterán a consideración de los países en la reunión de la ONU sobre conservación de la vida silvestre que se celebrará en marzo de 2026, con el fin de determinar si requieren medidas de conservación a nivel internacional
Bonn, 18 de diciembre de 2025 — Las Partes de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS) han presentado propuestas para incluir 42 nuevas especies migratorias en los apéndices de la Convención, por considerar que requieren protección internacional. Debido al aumento de su población, se propone eliminar una especie — el ciervo de Bukhara — de la lista de especies que requieren la máxima protección.
Como tratado ambiental de las Naciones Unidas, la CMS convoca a gobiernos y partes interesadas para abordar la conservación de las especies migratorias y sus hábitats. La Convención, que es jurídicamente vinculante, tiene dos apéndices: El Apéndice I, dirigido a especies en peligro de extinción, y el Apéndice II, dirigido a especies que requieren cooperación internacional. Las propuestas de enmienda a los apéndices de la CMS se considerarán en la 15.ª Reunión de la Conferencia de las Partes (COP15), que se celebrará en Campo Grande, Brasil, del 23 al 29 de marzo de 2026.
«A medida que se intensifica la presión sobre las distintas especies migratorias de nuestro planeta, nunca antes había sido tan necesario un compromiso internacional para adoptar medidas eficaces. Las propuestas para incluir 42 nuevas especies en los apéndices de la CMS, entre las que se encuentran animales emblemáticos como el búho nival y el tiburón martillo, reflejan la urgente necesidad de una acción global coordinada. En la COP15, los gobiernos tienen la oportunidad de reforzar las iniciativas para salvaguardar estas especies», afirmó Amy Fraenkel, secretaria ejecutiva de la CMS.
Desde antílopes y ballenas hasta murciélagos, aves y tortugas marinas, las especies migratorias incluidas en el Tratado son aquellas especies de animales silvestres que necesitan desplazarse regularmente, a menudo de forma estacional, como parte de sus ciclos de vida naturales, cruzando al menos una frontera nacional. Son especies indispensables para que los ecosistemas funcionen de manera saludable. Cumplen tareas vitales como la polinización, la dispersión de semillas, el almacenamiento de carbono y el control de plagas, y son fuente de beneficios para las comunidades que dependen de ellas como medio de alimento e ingresos.
Sin embargo, muchas de estas especies están sufriendo un descenso debido a presiones como la pérdida y fragmentación de su hábitat, la sobreexplotación, el cambio climático y la contaminación.
Entre las 42 especies propuestas para su inclusión en la Convención, varias ilustran los retos urgentes a los que se enfrenta la fauna silvestre migratoria. La hiena rayada (Hyaena hyaena), por ejemplo, ocupa un área de distribución amplia pero cada vez más fragmentada en Asia y África.
Con una población mundial estimada en menos de 10 000 ejemplares maduros, se encuentra amenazada por la pérdida y fragmentación del hábitat debido a la agricultura, la urbanización y el desarrollo de infraestructuras; la disminución de sus presas causada por el declive de otros grandes carnívoros y cambios en las prácticas ganaderas; y la caza y el comercio ilegales. La persecución generalizada, a menudo derivada del conflicto entre humanos y fauna silvestre y de percepciones negativas, pone aún más en peligro a este carroñero vital, que contribuye al reciclaje de nutrientes y a la prevención de enfermedades mediante el consumo de carroña.
Del mismo modo, el búho nival (Bubo scandiacus) ha adquirido un gran reconocimiento en los últimos años gracias a la cultura popular, pero su situación es cada vez más precaria. En las últimas tres décadas, la especie ha perdido un tercio de su población mundial. Recientemente, la organización internacional de conservación BirdLife International la declaró extinta en Suecia. Como depredador superior y símbolo aviar de la tundra ártica, el búho nival es un indicador clave de la salud de este frágil ecosistema. Entre los principales factores que han provocado el descenso de su población se encuentran el cambio climático y la sobreexplotación, lo que pone de relieve la vulnerabilidad de la especie a pesar de su estatus emblemático.
Las especies marinas también se enfrentan a graves riesgos, como se observa en la difícil situación del tiburón martillo gigante (Sphyrna mokarran). La sobreexplotación pesquera, tanto como captura dirigida como captura incidental, ha ocasionado una drástica disminución de la población, impulsada por el alto valor comercial de sus aletas y la demanda de su carne. Esta sobrepesca afecta al tiburón en todas las etapas de su vida, tanto en aguas costeras como mar adentro. Como superdepredador, la pérdida del gran tiburón martillo amenaza con desestabilizar la red alimentaria marina y comprometer la salud general de los ecosistemas oceánicos.

Nutria gigante buscando alimento, río Piquiri, Mato Grosso, Brasil © Bernard Dupont, Francia
A continuación, se presenta la lista completa de las 42 especies propuestas para su inclusión en los apéndices de la CMS:
Mamíferos terrestres
- Guepardo (Acinonyx jubatus) — propuesta para incluir las poblaciones de guepardos de Zimbabue en los Apéndices I y II. Otras poblaciones, aparte de las de Botsuana y Namibia, ya figuran en el Apéndice I. La propuesta fue presentada por el Gobierno de Zimbabue.
- Hiena rayada (Hyaena hyaena) — propuesta para su inclusión en los Apéndices I y II, presentada por los Gobiernos de Tayikistán y Uzbekistán.
Especies aviares
- Búho nival (Bubo scandiacus) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por el Gobierno de Noruega.
- Petreles gadfly (26 especies de los géneros Pterodroma y Pseudobulweria) — propuesta para incluir 9 taxones de petreles en el Apéndice I y 17 taxones en el Apéndice II, presentada por los Gobiernos de Australia, Brasil, Chile, Islas Cook, República Dominicana, Fiyi y Nueva Zelanda.
- Pardela de pata pálida (Ardenna carneipes) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por los Gobiernos de Australia, Francia y Nueva Zelanda.
- Chorlo trinador (Numenius phaeopus hudsonicus) — propuesta para su inclusión en el Apéndice I, presentada por los Gobiernos de Brasil y Chile.
- Aguja café (Limosa haemastica) — propuesta para su inclusión en el Apéndice I, presentada por los Gobiernos de Brasil y Chile.
- Archibebe patigualdo chico (Tringa flavipes) – propuesta para su inclusión en el Apéndice I, presentada por el Gobierno de Uruguay.
- Capuchino Iberá (Sporophila iberaensis) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por los Gobiernos de Argentina y Brasil.
Especies acuáticas
- Nutria gigante (Pteronura brasiliensis) — propuesta para su inclusión en los Apéndices I y II, presentada por el Gobierno de Francia.
- El zorro pelágico, zorro ojón y zorro común (Alopias pelagicus, Alopias superciliosus, Alopias vulpinus) — propuesta para incluir las tres especies de tiburón zorro en el Apéndice I, manteniendo al mismo tiempo su estatus bajo el Apéndice II, presentada por el Gobierno de Panamá.
- Gatuso (Mustelus schmitti) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por el Gobierno de Brasil.
- Tiburón martillo común (Sphyrna lewini) — propuesta para su inclusión en el Apéndice I, manteniendo al mismo tiempo su estatus bajo el Apéndice II, presentado por el Gobierno de Ecuador.
- Tiburón martillo gigante (Sphyrna mokarran) — propuesta para su inclusión en el Apéndice I, manteniendo su estatus bajo el Apéndice II, presentado por el Gobierno de Ecuador.
- Pez ángel espinoso (Squatina guggenheim) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por el Gobierno de Brasil.
- Surubí (Pseudoplatystoma corruscans) — propuesta para su inclusión en el Apéndice II, presentada por el Gobierno de Brasil.
Especies propuestas para su exclusión del Apéndice I de la CMS:
- Ciervo de Bukhara (Cervus elaphus yarkandensis) — propuesta para su exclusión del Apéndice I, presentada por el Gobierno de Uzbekistán.
La propuesta para excluir a esta especie del Apéndice I refleja el éxito de las medidas de conservación a largo plazo y la recuperación sostenida de esta subespecie. La subespecie se mantendría en el Apéndice II y bajo protección nacional, con los Estados del área de distribución comprometidos a mantener y consolidar aún más estos logros.
Un gran número de especies migratorias aún no están incluidas en la CMS
El informe de referencia de la CMS, Estado de las Especies Migratorias del Mundo, presentado en la COP14 de la CMS en Uzbekistán, reveló que 399 especies migratorias clasificadas mundialmente como Amenazadas y Casi Amenazadas (principalmente aves y peces) no figuran en los apéndices de la CMS y podrían beneficiarse de su inclusión para recibir una mayor protección o medidas de conservación coordinadas y reforzadas.
El informe también reveló que, si bien el cambio climático, la contaminación y las especies invasoras están teniendo efectos graves en las especies migratorias, las dos mayores amenazas son la sobreexplotación y la pérdida de hábitat, las cuales son también las principales preocupaciones para la mayoría de las especies cuya inclusión se ha propuesto.
También destacó que, aunque casi la mitad de las especies listadas en la CMS (44 por ciento) muestran descensos poblacionales, un 12 por ciento está aumentando y otro 31 por ciento se mantiene estable, lo que subraya la importancia de listar especies y el valor de la labor de conservación realizada en virtud de la Convención.
Consejo Científico asesorará a la COP15
Las enmiendas propuestas a los apéndices fueron revisadas y discutidas por primera vez por los expertos científicos de la Convención la semana del 15 al 18 de diciembre de 2025, en la 8.ª Reunión del Comité del Período de Sesiones del Consejo Científico de la CMS (ScC-SC8), antes de su consideración formal por las Partes de la CMS en la COP15.
Al concluir hoy, la ScC-SC8 representa la última reunión del órgano asesor científico de la Convención antes de la COP15, proporcionando asesoramiento científico y técnico sobre una amplia agenda de conservación que incluye temas relacionados con la captura ilegal y no sostenible de especies, la conectividad ecológica, los impactos de la infraestructura y las energías renovables en las especies migratorias y el cambio climático, así como una vasta gama de cuestiones de conservación transversales y específicas de diversos taxones, todo lo cual será objeto de estudio por la COP15.
También figuraban en la agenda de los expertos las próximas evaluaciones e informes científicos, incluido el primer informe provisional sobre el Estado de las especies migratorias del mundo y una evaluación global de los peces migratorios de agua dulce que se presentarán oficialmente en la COP15 el próximo año.
Con la mirada puesta en Campo Grande, la puerta de entrada al Pantanal
La 15.ª Reunión de la Conferencia de las Partes de la CMS (COP15) será organizada por el Gobierno de Brasil en Campo Grande, en el estado de Mato Grosso do Sul, del 23 al 29 de marzo de 2026, con una serie de eventos asociados que tendrán lugar en los días previos. Esta reunión de la ONU sobre conservación de la vida silvestre reunirá a gobiernos, científicos, organizaciones de conservación, pueblos indígenas, comunidades locales y otras partes interesadas para abordar las crecientes presiones sobre las especies migratorias y sus hábitats. Se espera que se adopten numerosos mandatos nuevos para fortalecer las acciones en favor de la conservación de las especies migratorias en todo el mundo.

Banco de tiburones martillo, Mikimoto, Japón © Masayuki Agawa/Ocean Image Bank
- NOTAS PARA LOS REDACTORES
Relacionado
- Propuestas de inclusión en inglés, español y francés
- Documentos de la ScC-SC8 y Agenda Provisional
- Apéndices I y II de la CMS en inglés, español y francés
- Imágenes para uso en los medios de comunicación
Acerca de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS)
La Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), un tratado medioambiental de las Naciones Unidas, ofrece una plataforma mundial para la conservación y el uso sostenible de los animales migratorios y sus hábitats. Este tratado único agrupa a gobiernos y expertos en fauna y flora silvestres para responder a las necesidades de conservación de las especies migratorias terrestres, acuáticas y aviares y sus hábitats en todo el mundo. Desde que se firmó la Convención en 1979, el número de miembros ha crecido hasta contar con 133 Partes (132 países más la Unión Europea).
La Convención define a una «especie migratoria» como: «Toda la población o cualquier parte de la población de cualquier especie o taxón inferior de animales silvestres que esté separada geográficamente, de la cual una proporción importante de sus miembros atraviese cíclica y previsiblemente uno o más límites de jurisdicción nacional». – Artículo I, párrafo 1 (a).
Más información en www.cms.int/es
Qué significan en la práctica las inclusiones en el Apéndice I y el Apéndice II de la CMS
Según la CMS, el Apéndice I comprende especies migratorias que han sido evaluadas como en peligro de extinción en la naturaleza en toda su área de distribución o en una parte significativa de ella. Las Partes que son Estados del área de distribución de una especie migratoria incluida en el Apéndice I deberán esforzarse por protegerlas estrictamente, prohibiendo su captura (incluida la matanza, captura o perturbación deliberadas), con un margen muy restringido para las excepciones. Asimismo, deberán conservar y, cuando proceda, restaurar sus hábitats; prevenir, eliminar o mitigar los obstáculos para su migración; y controlar otros factores que pudieran ponerlas en peligro.
El Apéndice II enumera las especies migratorias que tienen un estado de conservación desfavorable y que requieren acuerdos internacionales para su conservación y gestión. También incluye especies cuyo estado de conservación se beneficiaría significativamente de la cooperación internacional que podría lograrse mediante un acuerdo internacional. En términos concretos, esto puede incluir el establecimiento de objetivos comunes y medidas de gestión para las poblaciones compartidas, la preparación y aplicación de planes de acción conjuntos, la coordinación del seguimiento y la investigación, el intercambio de datos y buenas prácticas, y el trabajo conjunto para conservar y restaurar hábitats clave a lo largo de las rutas migratorias de las especies. El objetivo es garantizar que los esfuerzos de protección y gestión estén alineados a través de las fronteras, de modo que los logros de conservación en un país no se pierdan en otro.
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